LAS AYUDAS PARA AUTÓNOMOS QUE NO TE PUEDES PERDER ESTE 2017

Los trabajadores por cuenta propia pueden beneficiarse de obtener una reducción en sus cuotas de la Seguridad Social según la situación en la que se encuentren. Este año, las últimas reformas prevén llevar a cabo algunos cambios en materia de tarifas.

 

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Los cambios que se van a llevar a cabo este 2017 en relación a las bonificaciones para los autónomos, no difieren mucho de las ya dispuestas en 2016. 

 

Os recordamos cuáles son las ayudas vigentes y los cambios dispuestos:

Base de cotización: los autónomos que se den de alta y elijan la base mínima de cotización, tendrán la ventaja de pagar la tarifa plana de 50 euros durante los seis meses siguientes a la fecha de alta. Los autónomos que elijan pagar una base de cotización superior a la que le corresponde, tendrán la ventaja de obtener una reducción del 80% de su cuota durante los seis meses posteriores a la fecha de alta. Con la nueva reforma se prevé ampliar dicho periodo a doce meses.

 

Edad: los menores de 30 años y las mujeres menores de 35 años, que se den de alta o hayan estado cotizando bajo el RETA (Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos) durante los últimos 5 años, podrán beneficiarse de una reducción del 30% en la cuota de contingencias comunes durante doce meses.

 

Casos excepcionales: los autónomos que tengan un grado de discapacidad o hayan sido víctimas de violencia de género o de terrorismo, podrán pagar la tarifa plana de 50 euros durante doce meses. Asimismo, los autónomos que elijan una base superior tendrán una reducción del 80% en su cuota por el periodo de doce meses.

 

Maternidad y vida familiar: los autónomos que se encuentren de baja por maternidad o paternidad, podrán tener una bonificación del 100% en la cuota a pagar a la Seguridad Social por los trabajadores que realicen una sustitución durante el periodo de la baja. Asimismo, los trabajadores contratados en circunstancia de conciliación de la vida personal y familiar también obtendrán una bonificación del 100%.

 

Familiares: las altas de familiares colaboradores tendrán una bonificación del 50% durante los dieciocho meses siguientes a la fecha de alta.

 

Os mantendremos informados de las próximas novedades que puedan surgir sobre esta materia, y ¡no olvides compartir este post!

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